martes, 15 de noviembre de 2011

Derecho a la proteccion y a la salud:



Ningún producto, actividad o servicio puesto en el mercado tendrá riesgo para la salud o seguridad del consumidor o usuario y en caso de que haya artículos que sin ser peligrosos puedan no ser recomendables para algunos usuarios es obligatorio informar en el etiquetado de los riesgos, consecuencias y cómo evitarlos.

Con la finalidad de garantizar la protección de este derecho la ley establece:
Prohibición de aditivos no autorizados expresamente.
Prohibición de almacenamiento de productos tóxicos en locales y transporte de alimentos y bebidas
Control de los productos tóxicos o venenosos
Prohibición de la venta a domicilio de bebidas y alimentos
Regulación de las condiciones de venta ambulante
Control de los productos manufacturados que afecten a la seguridad física de las personas y retirada de los productos que supongan un riesgo previsible para la salud de las personas.

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